Un Código Penal sin sedición a cambio de penas de tres a cinco años para quienes ataquen en grupo el orden público

La proposición de ley que van a presentar este viernes los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos implica borrar del Código Penal la sedición, el delito bajo el que el Tribunal Supremo condenó a penas de entre 9 y 13 años de cárcel a nueve líderes del procés y por el que reclama al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, los exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsatí y la secretaria general de ERC, Marta Rovira. La eliminación de este tipo (con penas de entre cuatro y 15 años de cárcel) se lleva a cabo mediante una reforma de los delitos contra el orden público recogidos en el título XXII del Código Penal, cuyo objetivo el propio texto justifica, según fuentes parlamentarias, en la necesidad de armonizar la legislación española con la de los países de su entorno, adecuar la regulación a la realidad actual y mejorar la redacción. Además de suprimir la sedición, el texto, según estas fuentes, introduce una modalidad agravada de desórdenes públicos, con penas de entre tres y cinco años de prisión para quienes, actuando en grupo, ejecuten actos de violencia o intimidación con el fin de afectar gravemente el orden público.

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