La Audiencia Nacional endurece los requisitos para que los presos etarras salgan en semilibertad

La Audiencia Nacional ha revocado en los últimos ocho meses el tercer grado o semilibertad a 10 presos de ETA a los que se lo había concedido el Gobierno vasco. La lectura de los autos en los que se adoptaron estas decisiones judiciales apuntan a un endurecimiento de los requisitos para que los reclusos etarras accedan a este beneficio penitenciario que permite que solo tengan que ir a prisión a dormir de lunes a jueves en la mayoría de los casos. Según las resoluciones, a las que ha tenido acceso EL PAÍS, en ocho de los casos el principal motivo esgrimido por los jueces para ordenar el reingreso en prisión de los etarras fue la supuesta falta de un arrepentimiento “sincero” recogido en los escritos de petición de perdón, por lo que no cumplían el artículo 72.6 de la ley del Poder Judicial que exige “una petición expresa de perdón a las víctimas de sus delitos”.

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Pulsera telemática para una etarra

La Sala Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el tercer grado o semilibertad que el Gobierno vasco concedió el pasado junio a la presa de ETA María Lizarraga Merino y que ya antes había sido avalado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de avalarlo. Según el auto, la reclusa —que cumple una condena de 20 años por asociación ilícita y tenencia de explosivos— había presentado en mayo un escrito de arrepentimiento cuyo contenido fue respaldado por los profesionales penitenciarios de la cárcel donde esta recluida. Además, la resolución destaca que Lizarraga ya había disfrutado de salidas de prisión para hacer actividades sin que se produjeran “incidencias”, que en su actividad terrorista no había “víctimas concretas” ni responsabilidad civil que pagar, y que tenía apoyo familiar. Los magistrados también hacen hincapié en que tiene dos hijas pequeñas (una de tres años y la otra de pocos meses) y, por tanto, “responsabilidades familiares”. Por ello, el auto concluye que es “adecuado” que disfrute del tercer grado “en modalidad telemática”, es decir, bajo el control de una pulsera que le permitirá no tener que ir a prisión ni a dormir, con la única limitación de tener que estar en su domicilio a partir de una hora determinada de la noche hasta la mañana siguiente. La Fiscalía, en línea con los recursos que ha presentado contra las semilibertades de otros puestos, se había opuesto al régimen abierto de Lizarraga al considerar que aquel escrito de mayo no expresaba, en su opinión, “un verdadero arrepentimiento y repudio de sus concretos actos delictivos”.

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