
El Gobierno está obligado a atender las solicitudes de comparecencia en cualquiera de las dos cámaras de las Cortes, según coinciden los juristas parlamentarios consultados. El artículo 101.1 de la Constitución admite pocas dudas: “Las Cámaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno”. Pero si el Ejecutivo lo incumple, la ley no prevé ningún tipo de sanción. Y el Congreso y el Senado tampoco pueden imponer las fechas de las comparecencias. Con esas premisas legales, el pulso institucional entre el Gobierno y el Senado, bajo control del PP, por el intento de este de forzar a tres ministros a ofrecer explicaciones inmediatas sobre la crisis de Ceuta, ha derivado en una suerte de juego del gato y el ratón.
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