El Tribunal Supremo se dispone a revisar los primeros recursos de agresores sexuales tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal incluida en la ley de garantía integral de libertad sexual, la conocida como ley del solo sí es sí. La nueva norma ha derivado en decenas de rebajas de penas en casos ya sentenciados que no había previsto el Gobierno cuando la impulsó. El Ejecutivo fía a la intervención del Supremo la solución a los efectos indeseados de la ley, pero el criterio que marque la Sala de lo Penal solo afectará a una parte menor de esos supuestos porque nunca puede vulnerar la norma que obliga a aplicar al reo la ley penal más favorable. Más margen de interpretación hay cuando baja la pena mínima, como en las agresiones sexuales con penetración, que en la ley del solo sí es sí se reducen de los seis a los cuatro años. En estos casos, la decisión de la Sala de lo Penal sí puede ser fundamental para unificar criterio.
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