El ‘caso Tsunami’: ¿terrorismo o desórdenes públicos?

El último auto del juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón sobre el caso Tsunami Democràtic ha agrandado la brecha entre las conclusiones a las que llega este magistrado sobre las protestas contra la sentencia del procés dictada en octubre de 2019 por el Tribunal Supremo y la interpretación que da la Fiscalía a los mismos hechos. Donde García-Castellón ve un delito de terrorismo perpetrado por quienes pretendían “subvertir el orden constitucional”, el ministerio público solo ve un caso de desórdenes públicos graves circunscrito a dos episodios de aquellas movilizaciones: la ocupación del aeropuerto de El Prat (Barcelona) y el corte del puesto fronterizo de La Jonquera (Girona).

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Los CDR, a las puertas del juicio

La de Tsunami Democràtic no es la única causa por terrorismo que investiga la Audiencia Nacional relacionada con el procés. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional envió en noviembre pasado al banquillo a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por delitos de terrorismo (a ocho de los cuales se atribuye tenencia y fabricación de explosivos). El tribunal dio por concluido el sumario sobre estos piquetes surgidos en Cataluña tras el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y acordó la apertura de juicio oral contra los componentes del Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una presunta “célula radical” de los CDR cuyo objetivo era “conseguir la independencia de Cataluña, empleando para ello la violencia en su máxima expresión”. 

Según las pesquisas, este Equipo de Respuesta Táctica quería ir más allá de las acciones cometidas hasta entonces por los CDR —como cortes de carretera o el vertido de aceite en una vía al paso de una comitiva policial— y, sin importarle el empleo de “la violencia en su máxima expresión”, recabó “informaciones precisas de sus posibles objetivos”, lo que incluyó la elaboración de un presunto plan para ocupar el Parlament y “defenderlo posteriormente”. 

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