Muchos ordenamientos, entre ellos el nuestro, incluyen incentivos a la confesión, la reparación o la colaboración en forma de atenuaciones de pena para los acusados. En principio, parece que todos ganan: el sistema se ahorra problemas y consigue pruebas difíciles de obtener, mientras el acusado se beneficia de una pena más leve que la que le correspondería. Sin embargo, eso que se ha llamado justicia negociada también tiene inconvenientes: a veces —más de lo que creemos—, el acusado acepta una pena menor que le ofrece la Fiscalía en casos en que probablemente habría resultado absuelto en el juicio. O el problema denunciado ya en los años ochenta, cuando en Italia se ofrecieron ventajas a los arrepentidos (pentiti) de la mafia o el terrorismo porque solo pueden beneficiar a los jefes de la organización, que son quienes disponen de información con la que negociar. Comparto esas críticas y, especialmente, la idea de “negociación” sobre la pena a imponer como si se tratara de un objeto comercial y un acuerdo entre sujetos de igual posición, lo que, en mi opinión, es muy distinto del mero ofrecimiento de incentivos a la colaboración con estrictos requisitos legales.
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