El problema de la excesiva duración de las investigaciones sumariales es uno de los más enquistados del sistema penal. Para tratar de paliarlo se han llevado a cabo en los últimos años dos reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que pretendían limitar los tiempos de instrucción, pero que se han revelado ineficaces, en buena medida por incluir la previsión de prórrogas que siguen prolongando las actuaciones judiciales de forma indeterminada. Parafraseando el viejo dicho de que hecha la ley, hecha la trampa, puede afirmarse que hecha la ley, hecha la prórroga. Tanto entre los catedráticos de derecho procesal como entre los abogados penalistas existe coincidencia de criterios en el sentido de que una tercera reforma como la que ahora se propone —Pedro Sánchez se ha abierto a limitar los plazos de instrucción para convencer a Junts sin tocar la ley de amnistía— a la vista de la repetición de estos problemas en diversas causas relacionadas con el procés debería tener en cuenta la experiencia acumulada y no dejar modelos muy abiertos que sigan siendo ineficaces para garantizar derechos frente a la práctica de las instrucciones sumariales interminables.
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