El caso del rezo del rosario junto a la sede de un partido político muestra cómo las convicciones morales del juzgador pueden influir en su decisión. Hay muchos casos semejantes, aunque en la gran mayoría de resoluciones judiciales esa influencia no se produzca. Especialmente expresivas son aquellas en que el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo o el Tribunal de Justicia de la UE resuelven en contra de lo decidido en sentencias de nuestros tribunales. Eso ocurre con todos los países europeos, entre ellos los más ejemplares, por lo que sería un grave error interpretarlo como un defecto peculiar de nuestro sistema judicial, cuando es mera expresión de cómo —pese a tener las mismas normas (Convenio de Roma o Carta de los Derechos Fundamentales de la UE) o muy semejantes, sin hablar ahora de convenios internacionales— las convicciones morales del juzgador (también, claro, los errores de juicio) pueden determinar, incluso inconscientemente, sus decisiones cuando las normas dejan, inevitablemente, espacios vacíos o imprecisos al interpretarlas o aplicarlas a concretos y singulares casos.
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