El Supremo advierte en la sentencia del ‘caso Arandina’ de que adaptar la pena de los agresores sexuales a la ley del ‘solo sí es sí’ es “obligatorio”

El Tribunal Supremo ha notificado ya la sentencia con los argumentos jurídicos que le llevaron agravar las penas de dos de los exjugadores de la Arandina condenados por forzar a una adolescente de 15 años en noviembre de 2017. La Sala de lo Penal ha estimado los recursos del fiscal y las acusaciones para que se incrementara el castigo a los dos condenados, pero les ha impuesto nueve años de cárcel, una pena un año inferior a la que habría correspondido antes de la reforma de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, la conocida como ley del solo sí es sí, y en su resolución advierte de que “acomodar” la pena a la nueva ley es “obligatorio” por aplicarse la retroactividad de la ley penal más favorable al reo. “La pena ahora impuesta es el resultado de ajustar la proporcionalidad de la culpabilidad a la penalidad imponible”, señala la sala.

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